Confirman que condonación será automática y la regularización se podrá hacer vía web


El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) anunció los mecanismos que implementará para operar la Ley de Alivio Tributario, que contempla la condonación de deudas de las gestiones anteriores a 2017 y la 2020; además, de la regularización para tributos correspondiente a 2018, 2019 y de 2021 a 2025.
La entidad inició la aplicación operativa de la Ley N° 1733 de Alivio Tributario, promulgada el 27 de mayo de 2026, que establece un régimen extraordinario, excepcional y por única vez para la condonación y regularización de deudas tributarias.
La norma contempla dos mecanismos principales: la condonación de obligaciones antiguas y la regularización de deudas recientes, de acuerdo con los parámetros fijados por la Ley. El beneficio alcanza a deudas tributarias, incluidas multas, intereses y sanciones vinculadas al IVA, IUE, IT, ITF, regímenes simplificados y especiales.
“La Ley N° 1733 establece una salida concreta para contribuyentes que tenían deudas acumuladas. Desde el Servicio de Impuestos Nacionales ya iniciamos el procesamiento correspondiente para que la condonación y la regularización se apliquen conforme a la norma y a través de procedimientos digitales”, señaló el presidente Ejecutivo del SIN, Jorge Zogbi Nogales.
La condonación aplica a deudas generadas hasta la gestión 2017, siempre que el tributo omitido sea menor a 10 millones de bolivianos. También alcanza a las deudas de la gestión 2020. Este beneficio opera por fuerza de ley y será comunicado al contribuyente a través de su Buzón Tributario, mediante el Auto de Extinción por Condonación, a partir del décimo día hábil de publicada la RND.
El contribuyente no deberá presentar solicitudes ni acudir a oficinas para pedir la revisión de su caso. El SIN informó que inició el procesamiento masivo y automático de la condonación, que extinguirá cerca de 20.000 millones de bolivianos en deuda tributaria.
Para las deudas de las gestiones 2018 a 2025, excepto 2020, la norma habilita un mecanismo de regularización. En estos casos, si el contribuyente cancela el impuesto omitido al contado se reduce el 50% del mantenimiento de valor y quedan condonados los intereses y multas correspondientes. El pago podrá realizarse también mediante Facilidades de Pago de hasta 36 cuotas mensuales. El plazo para acogerse a la regularización es de 120 días desde la promulgación de la ley.
A partir del décimo día hábil de publicada la RND, y una vez concluido el procesamiento masivo de la condonación, el SIN habilitará el trámite de regularización a través de www.impuestos.gob.bo, ingresando a la Oficina Virtual Tributaria con las credenciales del SIAT en Línea. En la sección “Mi Situación Tributaria”, el sistema mostrará las deudas clasificadas, los montos y el beneficio aplicable. Desde esa misma opción, el contribuyente podrá elegir la modalidad de pago.
Habilitación de cuentas
congeladas
La norma también implica que se levantan medidas coactivas como el congelamiento de cuentas bancarias por deudas impositivas. El presidente del SIN estimó que un millón de cuentas de contribuyentes estarían en esa situación.
Anunció que se levantarán estas medidas restrictivas de las cuentas de manera automática mediante la ASFI y el sistema financiero.
De la misma manera se procederá con los embargos, hipotecas y otras medidas de cobranza coactiva, que serán regularizadas automáticamente. (El Diario)